La Denominación de Origen Estepa ha remitido a este periódico el texto íntegro de la moción redactada por la Sectorial Andaluza del Aceite de Oliva Virgen con Denominación de Origen en defensa del panel test y de la valoración organiléptica para que estos continúen como métodos de control de los aceites de oliva vírgenes durante toda la vida del producto.
A continuación, publicamos la mencionada moción:
«Según la Reglamentación Europea, el análisis organoléptico (cata o panel test) es un método de control obligatorio para los aceites de oliva virgen extra y vírgenes, que deben cumplir las normas sobre mediana de frutado y mediana de defectos que se establecen en dicha metodología. Este método
está avalado por el Consejo Oleícola Internacional, así mismo está avalado y fundamentado en estrictos protocolos de funcionamiento, para dotarlo de la mayor objetividad posible.
En las últimas semanas, el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, el Consejo Oleícola Internacional y la Comisión Europea han recibido propuestas de algunas entidades representativas del sector del aceite de oliva, en las cuales, entre otras cosas, se establece que la valoración organoléptica sólo se controle en el momento del envasado, y que este método de control no sea aplicable desde el momento que el producto sea puesto en circulación en el comercio. De esta forma, el envasador sólo tendría que justificar que es
virgen extra o virgen, de acuerdo a la cata, en el momento de envasado, y no sería responsable de que la clasificación del producto de acuerdo a la cata cambiara, una vez que sale de la envasadora.
Si se produce este cambio, esto permitiría “legalizar” la situación irregular en la que se encuentran muchos aceites etiquetados como virgen extra o virgen, que se venden en la distribución a bajo precio, y que tienen serias dificultades para garantizar que mantienen su categoría según el método
de cata. Estos aceites suponen una seria barrera de entrada para los productores, almazaras y envasadoras inscritos en las Denominaciones de Origen Protegidas de Aceite de Oliva Virgen Extra, puesto que los aceites que cumplen el pliego de condiciones, sí pueden mantener su condición de virgen extra durante la vida comercial del producto.
Por otro lado, el problema que puede darse con la conservación del aceite de oliva en los puntos de venta, en condiciones poco adecuadas, y su repercusión sobre el contenido de envases, puede tener diversas soluciones de
consenso, encaminadas a salvaguardar la seguridad jurídica de los agentes económicos implicados, sin necesidad de utilizarlo como argumento para eliminar la valoración organoléptica.
De esta forma, si las propuestas mencionadas prosperan, sería mucho más difícil la comercialización de los aceites vírgenes extra de calidad comercializados certificados por las Denominaciones de Origen, dado que aumentaría notablemente el aceite comercializado como virgen extra por otros operadores, de costes más reducidos, por lo cual esa disminución de
exigencias legales, dificultaría aún más el acceso de nuestros aceites al mercado, e implicaría un menoscabo en la seguridad y los derechos de los Consumidores, verdaderos perjudicados de esta rebaja en las exigencias de control.
Igualmente, esta Sectorial se manifiesta contraria a cualquier
modificación de los parámetros físico-químicos que actualmente conforman la norma comercial del aceite de oliva, salvo que éstas estén sustentadas por amplios, exhaustivos y rigurosos estudios realizados por organismos oficiales e
independientes durante varias campañas, y que garanticen una mejora cierta de los niveles de calidad para los consumidores, y no signifiquen un perjuicio injustificado para los productores de aceites de oliva vírgenes y vírgenes extra.
Por tanto, la moción consistiría en que la Sectorial Andaluza del Aceite de Oliva Virgen con Denominación de Origen, organización representativa de los intereses de los oleicultores, almazareros y envasadores de las zonas con
Denominación de Origen en Andalucía solicita que se mantenga la valoración organoléptica como método de control de aceites vírgenes durante toda la vida comercial del producto, aún con las mejoras que puedan consensuarse en la aplicación de dicho método. Esta moción se trasladaría a la Consejería de
Agricultura, Ministerio de Medio Rural y Marino, y a la Comisión Europea, además de a la Sectorial Nacional del Aceite de Oliva Virgen con Denominación de Origen, para que la secunde.»